Reflexiones sobre la LOMCE

Mis aportaciones en el foro de Legislación Educativo sobre la LOMCE:

Motivado por la clase de hoy, como primera intervención me gustaría añadir con mi aportación una pequeña introducción al debate enfocando levemente aspectos de los contenidos organizativos y pedagógicos de la LOMCE. Recordemos que la LOMCE no deroga la Ley Orgánica de Educación (LOE) del año 2006 sino que la modifica, por lo que actualmente conviven ambas leyes. Curiosamente esta ley introduce 109 modificaciones en un artículo único, en consecuencia, es la séptima reforma educativa de la democracia. La LOMCE no es una reforma global e integrada como lo fueron la LOGSE o la LOE. Lamentablemente como ya ocurrió con las anteriores leyes de educación se aprobó sin ningún consenso social o político. Un concepto que repite una y otra vez, en esta ley, apreciable en la propia “C” de su acrónimo es la CALIDAD. ¿Pero qué entendemos por ello?  Según la RAE:

Del lat. qualĭtas, -ātis, y este calco del gr. ποιότης poiótēs.

1. f. Propiedad o conjunto de propiedades inherentes a algo, que permiten juzgar su valor. 

2. f. Buena calidad, superioridad o excelencia. 

3. f. Adecuación de un producto o servicio a las características especificadas. 

La LOE destaca los principios de equidad, inclusión, cohesión social y ejercicio de la ciudadanía democrática, mientras que la LOMCE pone su enfoque en la competitividad, la movilidad social, la integración y la empleabilidad.

Respecto a su contenido organizativo vemos severas modificaciones respecto a la LOE en su artículo 18.

En la LOMCE y sin entrar en ideologías neoliberales, se hayan ápices de una búsqueda de “causa-efecto”, en otras palabras, se busca que el proceso de enseñaza-aprendizaje se pueda reducir a términos cuantificables. Relegando, en cierto modo, el papel del docente como un instrumento de control de calidad, es decir, que nos aseguremos que ese “Currículo” prescrito se esté llevando a cabo. En cierto modo, es una ley que pretende que los logros sean cuantificables y calificables, dejando de un lado otros aprendizajes más difíciles de medir ¿cómo mesuramos aspectos más abstractos como el nivel de inteligencia emocional de nuestros alumnos y alumnas?  Quizás estoy siendo muy crítico con la ley Wert, pero es demasiado eficientista. Los centros educativos no pueden estar subordinados a los mercados, de ahí la obsesión con la CALIDAD y que todo el proceso educativo esté supeditado a las famosas pruebas de evaluación de calidad. Considero que la evaluación debe medir muchos aspectos en la educación integral de nuestros alumnos, hoy en días hablamos de inteligencias múltiples y diferentes competencias, debemos enfocar nuestro proceso de enseñanza-aprendizaje a un enfoque mucho más holístico.

En el tema 1 aprendí que un centro escolar es una organización humana, compleja y multidimensional y que todos los cambios organizativos que se producen en un centro escolar (tanto internos como externos) pueden afectar a todas sus dimensiones y a todos sus elementos.Un aspecto positivo de la LOMCE a destacar respecto al concepto de descentralización en nuestro país ya que ha querido avanzar el referente a la autonomía ya que esta ley remarca la importancia de la toma de decisiones por parte de los centros en lo educativo y metodológico. El aumento de la autonomía de los centros y el refuerzo de la capacidad de gestión de la dirección de los mismos: la LOMCE considera que los directores son los representantes de la Administración educativa en los centros y que, por tanto, deben liderar la gestión y el proyecto pedagógico de los mismos. Un cambio sustancial es el mayor poder que se le otorga al director, siendo consciente de la gran complejidad de los centros educativos se exige una formación previa formalizada y acreditada para poder acceder a ese puesto. El director asume más competencias con relación al consejo escolar, en concreto, en la capacidad para tomar decisiones y aplicarlas, aspectos en los que con la anterior ley era el consejo escolar quien tenía dicha competencia. Conectando con el concepto de calidad y la complejidad de estas instituciones, el director tiene la competencia para adaptar los RR.HH del centro a las necesidades que lleven consigo las acciones de calidad.

Algo que desconocía y me ha sorprendido, es que, aunque tanto la LOE como la LOMCE, pretenden promover la descentralización y la autonomía educativa, curiosamente los centros públicos docentes no tienen personalidad jurídica propia. Puedo decir que son “órganos de la Administración educativa”. La LOE en su art 108, 2, (sin cambios en la LOMCE) tan sólo hace referencia a que “son centros públicos aquellos cuyo titular sea una administración pública”. Es decir, el centro educativo al ser parte de la Administración pública, que es la titular real, tiene limitado la acción propia y autónoma de sus competencias.


Observo que las leyes de educación hacen una declaración general de intenciones en la autonomía ya que no ha ido acompañada de una implantación real en la praxis por parte de la política educativa a nivel autonómico y regional que son los que tiene la mayor parte de competencias en la materia. De hecho, si me fijo en varios de los elementos dentro de la complejidad de la organización escolar a nivel de centro, vemos como la gestión del equipo humano y económica escasea dicha autonomía.

 

  • Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Educación Primari
  • Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato Enlace externo, se abre en ventana nueva
  • Autonomía de los centros - | Ministerio de Educación y Formación Profesional (educacionyfp.gob.es)
  • Ruiz-Paredes, M. del M. (2015). Posicionamiento de la inteligencia emocional en la educación infantil con la Lomce: propuesta de actividades para trabajarla en las aulas de esta etapa. En: Experiencias y recursos de innovación en educación infantil, coord. por Cosme Jesús Gómez Carrasco & Tomás Izquierdo Rus. Murcia: Editum, 27-36.
  • Viñao, A. (2016). La Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE): ¿una reforma más? Historia y Memoria de la Educación. Ejemplar dedicado a: Las leyes educativas de la democracia en España a examen (1978-2013), 3, 137-170.


Me gustaría ejemplificar usando como referencia algunos recursos metodológicos, en concreto textos y actividades que se le plantean a los infantes para que puedan llegar a asumir las competencias necesarias en la materia.Noto una gran evolución especialmente los que somos “hijos” de la LODE/LOGSE respecto a que se observan muchas menos actividades de memorización de conceptos por repetición y la introducción de otras actividades en las que se trabaja y potencia el razonamiento crítico y la aplicación de un modo más empírico de esos conceptos. Buscando el trabajo cooperativo a través de situaciones y contextos más próximos a los intereses y realidades de los alumnos. Lamentablemente, en la estructura de las unidades didácticas sigue favoreciendo un aprendizaje más memorístico que constructivo y poco orientado a la investigación escolar.

 Otras diferencias que de nuevo me gustaría destacar es la obsesión de la LOMCE con el concepto de “calidad” a través de las evaluaciones. Y me gustaría ofrecer un ejemplo concreto a l@s compañer@s; el documento denominado “Pautas para la elaboración de la programación didáctica en la etapa de educación primaria”, elaborado por el Departamento de Educación del Gobierno de Aragón, aproximadamente en el 50% del mismo, se dedica a hablar y desarrollar los elementos de evaluación y calificación (si alguien se anima a leer desde la página 16 hasta la 50).

 Personalmente me parece una aberración y un condicionante que se pueda evaluar a un infante con un “0”.  Ese tipo de evaluación “homogénea” obliga a que los infantes aprendan lo mismoo, al mismo tiempo y en el mismo lugar, no dando opción a la heterogeneidad, es decir un grado de maduración y ritmo de progresión de forma distinta. Y con ello, no hablo de segregación, estoy haciendo referencia al infante como sujeto activo, consciente, orientado hacia un objetivo. Donde su interacción con otras personas (por ejemplo, sus maestr@s  y compañer@s) causen transformaciones dentro del mismo y que las modificaciones en el objeto de la actividad sirven sobre todo como medio para alcanzar el objetivo del aprendizaje y para controlar y evaluar el proceso. Sólo es posible llegar a un verdadero nivel de conciencia de los conocimientos cuando los estudiantes no los reciben ya preparados, sino cuando ellos mismos en su actividad revelan las condiciones de su origen y transformación

Observo demasiadas limitaciones y condicionantes. Los centros educativos (como ya expliqué en mis anteriores aportaciones) tienen un escaso margen de maniobra en el marco legal de autonomía para elaborar el Proyecto Curricular, y mutar aquello que la Administración educativa ha prescrito. Por lo tanto, si en un aula con 30 alumnos hay un pequeño grupo de que les atribuiremos la etiqueta de “fracasados” ya que no consiguen llegar a los objetivos, o mejor dicho, puntuaciones mínimas adecuadas para ese valor de evaluación. Futuras personas “non gratas”, resignadas con actitudes asociales en la escuela. ¿Pero que fue primero, el huevo o la gallina?

Bibliografía:

  • Bardin, L (1996). Análisis de contenido. Madrid: Akal. Caamaño, A. (2012). La investigación escolar como actividad que mejor integra el aprendizaje de los diferente procedimientos científicos en Predinacci, E. (Coord.) 11 ideas clave. El desarrollo de la competencia científica. Barcelona: Graó, pp. 122-143.
  • Bernal, J.L. (Coord.), Cano, J. y Lorenzo, J. (2014): Organización de los centros educativos. LOMCE y políticas neoliberales. Zaragoza: Mira
  • José Luis Bernal Agudo (2015): Análisis Crítico Del Modelo De Evaluación Lomce, Revista “Avances en supervisión educativa”, nº 23 ISSN: 1885-0286

Otro aspecto importante de la LOMCE que condiciona los contenidos organizativos y pedagógicos y hasta ahora nadie ha comentado es la influencia que ha tenido la OCDE y sus informes PISA en la modificación de algunas estructuras y materias respecto a la LOE. Por ejemplo, la sustitución de la asignatura “economía” por la llamada “educación financiera”.  Recuerdo un catastrofista debate en un programa de tertulias donde comentaban el titular de un informe PISA:

 “Uno de cada seis adolescentes españoles tiene problemas para leer una factura o utilizar la tarjeta de crédito. España se mantiene por debajo de la media de los 18 países participantes” (Diario ABC 10/07/2014). Caramba, yo pensé “pero hay 5 de 6 adolescentes, que si saben”.

Por si algún compañero o compañera lo desconoce, la OCDE es la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico es un Organismo Internacional de carácter intergubernamental del que forman parte 37 países miembros. La OCDE es un foro en el que los Gobiernos de estos Estados, todos ellos democracias con una economía de mercado, trabajan conjuntamente con el fin de enfrentarse mejor a los desafíos económicos, sociales y de buen gobierno para aprovechar de manera más eficiente las nuevas oportunidades que surgen y coordinar políticas locales e internacionales. Entre otras la OCDE decide aquellos saberes que “bajo sus intereses” deberían de aprender los alumnos cuando están cursando su educación obligatoria (mientras redactaba ese apartado mi cerebro ha sufrido un cortocircuito cuando piensa en el artículo 20 de la CE).

Los informes PISA hasta el año 2013 estaban muy centrados en lectura, matemáticas y ciencias. Con la entrada de la LOMCE se observa una mayor jerarquía en lo que hay que enseñar y una menor confianza en los profesores.

¿Es posible que los países miembros estén pecando de una dejación de sus obligaciones en una organización económica respecto a los objetivos y/o prioridades de la realidad de nuestro país y en especial de nuestros alumnos y futuros ciudadanos? Es decir, priorizar el “queda bien” de cara a los organismos internacionales.

¿Es una casualidad que las materias y aspectos evaluables que prioriza la ley Wert coincidan con la de esos estudios? ¿Hasta qué punto condiciona y causa una merma en los contenidos organizativos y pedagógicos en la educación, educar para preparar a los alumnos y alumnas a un temario en concreto prescindiendo o relegando de otros que no se van a evaluar?

En palabras del exministro, la Educación Artística y la filosofía distrae de las demás asignaturas (Wert, 2015). ¿Eso es “calidad” para la LOMCE? ¿Distracción posee una nueva acepción según la RAE sobre asignatura no evaluable en PISA?

El Doctor en educación y Sociología Jesús Ángel Mejías, nos insiste mucho en sus clases que debemos elaborar y aplicar un pensamiento reflexivo y crítico. El cerebro es un “órgano” que también necesita “ir al gimnasio” y precisamente la filosofía es el entrenador que representa una necesidad esencial en la articulación del pensamiento crítico. La filosofía tiene ventajas empíricas respecto de otras disciplinas en el desarrollo de habilidades de argumentación y pensamiento crítico. Disponemos de evidencias empíricas de los efectos positivos de la enseñanza de la filosofía a temprana edad en el desarrollo cognitivo de los estudiantes.

·         Eyzaguirre, S. (2018). Educacion.udd.cl. Retrieved 26 November 2020, from https://educacion.udd.cl/files/2018/08/El-rol-de-la-filosofia-en-el-desarrollo-del-pensamiento-cr%C3%ADtico.pdf

·         AUNIÓN, J. A. (2013, 1 noviembre). Artes y filosofía pasan a segundo plano. El País. https://elpais.com/sociedad/2013/11/26/actualidad/1385491452_200770.html

·         Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. (s. f.). Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. Recuperado 26 de noviembre de 2020, de http://www.exteriores.gob.es/RepresentacionesPermanentes/OCDE/es/quees2/Paginas/default.aspx#:~:text=La%20Organizaci%C3%B3n%20para%20la%20Cooperaci%C3%B3n,forman%20parte%2037%20pa%C3%ADses%20miembros.&text=La%20OCDE%20sustituy%C3%B3%20a%20%C3%A9sta,tras%20la%20Segunda%20Guerra%20Mundial.

"Para terminar destacar el artículo 3.9, en el cual se incluye la Educación a distancia, para todas aquellas personas que por diversos motivos no puedan realizar sus estudios de forma presencial, como es el caso de todos/as nosotros/as. (M.P. LORENTE DEL PUERTO 2020).

 

Tal como estudiamos en el tema 5 con Jesus, respecto a la educación universitaria, en la actualidad, nos encontramos en un marco de legilación y derrallo de las políticas educativas de la UE caracterizada por la creación y por la puesta en marcha del llamado Espacio Europeo de Educación Superior (EEES).

En el caso de Europa, la renovación metodológica universitaria ha quedado enmarcada en el denominado ‘Espacio Europeo de Educación Superior’ (EEES), surgido tras los acuerdos de Bolonia de 1999, firmados por 29 países y posteriormente ratificados en sucesivas reuniones.

Recordemos que los cambios metodológicos más importantes que ha comportado el EEES está la consideración de que "el peso" asignado a cada materia, de los programas del grado debe medirse en función del número de horas que se exigen a los estudiantes para lograr los aprendizajes previstos, y no en función de las horas que el profesorado imparta en clase.

Bibliografía y enlace de interés:

  • SARRAMONA, J., & SARRAMONA, V. (2015). La formación no presencial ante el reto de las competencias profesionales. Revista española de pedagogíaI, no 262, septiembre-diciembre 2015, 449-464no 262, 449-464. https://reunir.unir.net/bitstream/handle/123456789/4408/La%20formacion%20no%20presencial%20ante%20el%20reto%20de%20las%20competencias%20profesionales.pdf?sequence=1
  •  Normativa vigente | Universidades - Ministerio de Ciencia e Innovación (es)

Las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) son todas aquellas que giran en torno a las tecnologías de almacenamiento, procesamiento, recuperación y comunicación de la información a través de diferentes dispositivos electrónicos e informáticos (Belloch, 2012).También hablo del concepto de calidad varias veces en mis anteriores aportaciones. ¿A dónde quiero llegar?

Repasando y resumiendo el temario de cara a los exámenes de febrero, en el tema 4 no he podido evitar hacer paralelismos y una inferencia con la frustrada LOCE de José María Aznar. Recordemos, la LOCE tuvo como primer objetivo, y básico, mejorar la calidad del sistema educativo español, adaptando dicho sistema al mundo de las nuevas tecnologías del siglo XXI así como a un mundo con mayor dinamismo y complejidad. Fomentar una cultura educativa del esfuerzo, de la responsabilidad y de la disciplina en el aula. Reforzar la autonomía de los centros y el liderazgo de los directores y se reducen las competencias y funciones de los Consejos Escolares de los centros. ¿No os suena esa "melodía"? Compañer@s ¿entendemos la actúal LOMCE como la versión 2.0 de la LOCE? ¿Qué pensáis?

 Referencias:

·         Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación (LOCE).

·         Palacios Martínez, Ignacio (dir.), Rosa Alonso Alonso, Mario Cal Varela, Yolanda Calvo Benzies, Francisco Xabier Fernández Polo, Lidia Gómez García, Paula López Rúa, Yonay Rodríguez Rodríguez & José Ramón Varela Pérez. 2019. Diccionario electrónico de enseñanza y aprendizaje de lenguas. (Disponible en línea en https://www.dicenlen.eu/es/diccionario/entradas/ley-organica-calidad-educacion-loce, con fecha de acceso 03/12/2020).


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